CREACIÓN DE UNA EMPRESA DE BANQUETES
martes, 30 de junio de 2015
ACTA CONSTITUTIVA
ACTA
CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
ESCRITURA................VOLUMEN................FOJAS................EN LA
CIUDAD DE Puebla, Pue a 20 de junio 2015 YO El
Licenciado..........................NotarioPúblico.................., HAGO CONSTAR:
El CONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL, Andrea Rodriguez Barrios, Allison Berenice
Velazquez Olarte, Alix Naomy Cacerez Matus y Montserrat de la Cruz Hernandez y
que se sujetan a los estatutos que se contienen en las siguientes:
CLAUSULAS DENOMINACION, OBJETO,
DURACION, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLAUSULA DE ADMISION DE EXTRANJEROS.
-----PRIMERA.- La sociedad se
denominará Banquetes Cacerez nombre que irá seguido de las palabras “SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA“, o de las siglas “S. de R.L.”.
-----SEGUNDA.- La sociedad
tiene por objeto, ----- a) cumplir de manera correcta con todos los estandares
de calidad e higiene establecidos por la ley, ----- b) brindar un servicio
complete y satisfactorio, hacia los clientes y trabajdores de la empresa, -----
c) ampliar sucursales y servicios de manera nacional y posteriormente
internacional.
-----TERCERA.- La duración de
la sociedad será de manera indeterminada.
-----CUARTA.El domicilio de la sociedad Blvd Valsequillo
1617 Colonia Universidad , s i n e m b a r g o p o d r á establecer agencias
osucursales en cualquier parte de la República o del Extranjero, y someterse a
los domicilios convencionales en los contratos que celebre. Los accionistas quedan
sometidos en cuanto a sus relaciones con la sociedad, a laj u r i s d i c c i ó
n d e l o s tribunales y Autoridades del domicilio de la sociedad, conrenuncia
expresa del fuero de sus respectivos domicilios personales.
-----QUINTA.- Los accionistas
actuales o futuros de la sociedad que se constituyese obligan formalmente con
la Secretaria de Relaciones Exteriores, aconsiderarse como nacionales,
respectos de las partes sociales que adquierano de que sean titulares en esta
sociedad, así como de los bienes, derechos,concesiones, participaciones o
intereses de quesea titular la sociedad o bien de losderechos y obligaciones
que deriven de los contratos en que ésta sea parte conautoridades mexicanas y a
no invocar, por lo mismo la protección de s u s G o b i e r n o s ,bajo la pena
en caso contrario de perder en beneficio de la Naciónl a s participaciones
sociales que hubieren adquirido.CAPITAL SOCIAL, ACCIONES
-----SEXTA.- Su capital es
variable, el mínimo fijo es de 50 mil PESOSMONEDA NACIONAL, representado por
CIEN ACCIONES, con valor nominal de5mil PESOS MONEDA NACIONAL, cada una.
-----SEPTIMA.- Cuando en esta sociedad participe la inversión
extranjera se observarán las reglas siguientes: El capital social, estará
integrado por acciones de la serie “A”, que solo podrán ser suscritas
por:-----a) Personas físicas de nacionalidad mexicana. b).- Inmigrados que no se encuentren
v i n c u l a d o s c o n c e n t r o s d e d e c i s i ó n e c o n ó m i c a d
e l e x t e r i o r ,y c ) . - P e r s o n a s m o r a l e s mexicanas en las
que participe total o mayoritariamente elcapital mexicano, El porcentaje q u e
d e b a s e r s u s c r i t o p o r m e x i c a n o s s ed e t e r m i n a r á
d e a c u e r d o c o n l a c l a s i f i c a c i ó n mexicana de actividades
yproductos que señala el Reglamento de la Ley para promoverlaI n v e r s i ó n
M e x i c a n a y R e g u l a r l a I n v e r s i ó n E x t r a n j e r a . E l
p o r c e n t a j e restante estaráintegrado por acciones de la serie “B” y será
d
e s u s c r i p c i ó n l i b r e . E n t o d o c a s o y e n
cualquier circunstancia deberárespetarse el porcentaje de capital mínimo
mexicano, en términos netos, y encaso de que la participación de la inversión
extranjera en el capital socialpretenda exceder el porcentaje fijado deberá
cumplir con lo que establece el artículoquinto del Reglamento antes citado o
solicitar autorización de la ComisiónNacional de Inversiones Extranjeras
-----OCTAVA.- El capital social
fijo será susceptible de aumentarse o disminuirse con las siguientes
formalidades: En caso de aumento se requerirá de Asamblea Generalextraordinaria
de Accionistas y éstos tendrán derecho preferente parasuscribirlo en proporción
al número de acciones de que sea titulares. Talderecho de preferencia deberá
ejercitarse dentro de los quince días siguientesa la fecha de publicación en el
Diario Oficial de la Federación o en uno delos periódicos de mayor circulación
del domicilio social, del acuerdo de la Asamblea quehaya decretado dicho
aumento, pero si en la asamblea estuviera representadala totalidad del capital
social, podrá hacerse el aumento en ese momento. En caso dedisminución se
requerirá la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas y n o p o d r áser
inferior al autorizado por la Ley General de SociedadesM e r c a n t i l e s ;
l a disminución se efectuará por sorteo de las acciones o por retiro
deaportaciones. El socio que desee separarse deberá notificarlo a la sociedad y
no surtiráefectos tal petición sino hasta el fin del ejercicio anual en curso,
si la notificaciónse hace antes del último trimestre o hasta el fin del
siguiente ejercicio si sehiciere después. Al
efecto se cumplirá con lo que establece el artículo noveno de laLey General de
Sociedades Mercantiles.
-----NOVENA.- El capital máximo
es ilimitado, no obstante la sociedad podrá establecer sucapital fijo y su
capital variable en las cantidades que la asamblea acuerde en cada caso.Las
acciones representativas de la parte variable del capital social podrán ser
emitidaspor acuerdo de la Asamblea Ordinaria de Accionistas y podrán emitirse
comoresultado deaportaciones en efectivo, en especie, con motivo de
capitalización deprimas sobrea c c i o n e s , c o n c a p i t a l i z a c i ó
n d e u t i l i d a d e s r e t e n i d as o d e r e s e r v a s d e v a l u a
c i ó n y reevaluación o de otrasaportaciones previas de los accionistas, sin
que ello impliquemodificación de los Estatutos de la Sociedad, mediante los mismosr
e q u i s i t o s p o d r á disminuirse el capital de la sociedad dentro de la
parte variable. L a sacciones en su caso emitidas y no
suscritas a tiempo de aumentar elcapital, serán guardadas en la caja de la
sociedad para entregarse am e d i d a q u e v a y a r e a l i z á n d o s e l a
suscripción.
-----DECIMA.- La sociedad
llevará un registro de acciones nominativas con los datos queestablece el
artículo ciento veintiocho de la Ley General de SociedadesMercantiles, y se
considerará accionista al que aparezca como tal en dichoregistro. A petición de cualquier accionista, la sociedad deberá inscribir
en ellibro de registro las transmisiones que se efectúen. C a d a a c c i ó n r
e p r e s e n t au n v o t o , c o n f i e r e i g u a l e s d e r e c h o s y
e s i n d i v i s i b l e , p o r l o q u e cuandopertenezca a dos o más
personas deberán designar un representante común. Loscertificados provisionales o
de títulos definitivos que representen las acciones, deberánllenar todos los
requisitos establecidos en el artículo ciento veinticinco de la Ley Generalde
Sociedades Mercantiles, podrán amparar una o más acciones y seránfirmados por
dos miembros del Consejo de Administración o por el AdministradorASAMBLEA
GENERAL DE ACCIONISTAS
-----DECIMA PRIMERA.- La
Asamblea General de Accionistas es el órgano supremo de lasociedad y legalmente
instalada representa todas las acciones.
-----DECIMA SEGUNDA.- La
Asamblea se convocará en la forma establecida porlos a r t í c u l o s d e l c
i e n t o o c h e n t a y t r e s a l c i e n t o o c h e n t a yc i n c o d e l
a L e y G e n e r a l d e Sociedades Mercantiles.
-----DECIMA TERCERA.- La
convocatoria contendrá el orden del día, seráfirmada por quien la haga y se
publicará una vez en el Diario Oficial de laFederación o en uno de los
periódicos de mayor circulación, por lo menos cinco díasantes de que se reúnan.
-----DECIMA CUARTA.- La
Asamblea será válida sin publicar la convocatoria,cuando estén representadas la
totalidad de las acciones.
-----DECIMA QUINTA.- Los
accionistas depositarán sus acciones en caja de la sociedad oen Institución de
Crédito, antes de que principie la A-s a m b l e a y p o d r á n o m b r a r
representante para asistir y votar en la mismamediante carta poder.
-----DECIMA SEXTA.- Presidirá
las Asambleas el Administrador o en suc a s o , e l Presidente del Consejo de
Administración y si no asisten la Asamblea elegiráPresidente deDebates, el cuál
designará un Secretario.
-----DECIMA SEPTIMA.- El
Presidente nombrará uno o más escrutadores de preferenciaaccionistas, para que
certifiquen el número de acciones representadas.
-----DECIMA OCTAVA.- Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias y ambas
deberán reunirse en el domicilio social.
-----DECIMA NOVENA.- La
Asamblea General Ordinaria y Accionistas deberán reunirse porlo menos una vez
al año, dentro de los cuatro meses que sigan a la clausura del ejerciciosocial
y se ocupará.
-----VIGESIMA.- La Asamblea
Ordinaria en virtud de primerac o n v o c a t o r i a , q u e d a r á
legalmente instalada cuando esté representado el cincuentapor ciento del
capital social, por lo menos las resoluciones sólo serán válidas cuando setomen
por mayoría de votos y si se r e ú n e n e n v i r t u d d e s e g u n d ac o n
v o c a t o r i a , s e e x p r e s a r á e s t a c i r c u n s t a n c i a y e
n e l l a s e resolverásobre los asuntos indicados en el orden del día
cualquiera que sea el númerode acciones representadas por mayoría de
votos.-----VIGESIMA PRIMERA.L a s A s a m b l e a s E x t r a o r d i n a r i a
s t r a t a r á n a s u n t o q u e s e enumeran en elartículo ciento ochenta y
dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles; si se reúnen envirtud de
primera convocatoria quedarán legalmente instaladas cuando hayarepresentadas
acciones para que apruebe las decisiones el sesenta y cinco porciento del
capital social y si se reúne en virtud de segunda convocatoria seránválidas las
decisiones aprobadas para el cincuenta por ciento del capital
social.-----VIGESIMA SEGUNDA.- Los accionistas que sean funcionarios se
abstendrán de votar enlos casos que previene la Ley.-----VIGESIMA TERCERA.- El
Secretario asentará acta de las Asambleas y agregará lista deasistencia
suscrita por los concurrentes, firmaran las actas el Presidente, el Secretario,
elComisario si concurre y el o los Escrutadores.ADMINISTRACION DE LA
SOCIEDAD-----VIGESIMA CUARTA.-Administrará la sociedad un Administrador o un
Consejo deAdministración de dosmiembros o más quienes podrán o no ser
accionistas, ydesempeñarán sus cargos por tiempo indefinido hasta que tomen
posesiónquienes los sustituyan.-----VIGESIMA QUINTA.L a A s a m b l e a G e n e
r a l d e A c c i o n i s t a s d e c i d i r á l a f o r m a administrar
lasociedad, elegirá los funcionarios por mayoría de votos y podrádesignar
suplente. La participación de la Inversión Extranjera en los
órganos de administración de la
sociedad no podrá exceder de su participación en elcapital.-----VIGESIMA
SEXTA.- El Administrador Único o el Consejo de Administraciónen su c a s o , s
e r á e l r e p r e s e n t a n t e l e g a l d e l a S o c i e d a d y t e n d
r á p o r l ot a n t o , l a s s i g u i e n t e s atribuciones:------ a).-
Administrar los negocios y bienes de la sociedad con poderg e n e r a l , e n l
o s términos del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatropárrafo segundo
del Código Civil para el Distrito Federal.------ b).- Representar a la sociedad
con poder general para pleitos ycobranzas, con todas las facultades generales y
las especiales que requieran cláusulaespecial conforme a la Ley, sin limitación
alguna en los términos de los artículos dos milquinientos cincuenta y cuatro p
á r r a f o p r i m e r o y d o s m i l q u i n i e n t o s o c h e n t ay s i
e t e d e l C ó d i g o C i v i l p a r a e l D i s t r i t o Federal estando
Facultando inclusivepara promover el juicio de amparo, seguirlo en todos sus
trámites y desistirse de él.------- c).- Representar a la sociedad, con poder
general para actosd e d o m i n i o e n l o s términos del artículo dos mil
quinientos cincuenta y cuatro delCódigo Civil para el Distrito Federal.-------
d).- Representar a la sociedad con poder general para actos dea d m i n i s t r
a c i ó n laboral, en los términos de los artículos once y seiscientos noventa
ydos de la Ley Federal del Trabajo, ante las Juntas Locales y Federales de
Conciliación yArbitraje.-------- e).- Celebrar convenio con el Gobierno Federal
en los términos de lasfracciones primera y cuarta del artículo veintisiete
Constitucional, su Ley Orgánica y losReglamentos de éste.-------- f).- Formular
y presentar querellas, denuncias o acusaciones ycoadyuvar con el Ministerio
Público en procesos penales, pudiendo constituir a lasociedad como parte civil
en dichos procesos y otorgar perdones cuando, a juicio, elcaso lo
amerite.------ g).- Adquirir participaciones en el capital de otras
sociedad.------ h).- Otorgar y suscribir títulos de crédito a nombre de la
sociedad.------ I).- Abrir y cancelar cuentas bancarias a nombre de la
sociedad, confacultades de designar y autorizar personas que giren a cargo de
las mismas.
------ j).- Conferir poderes generales o especiales con facultades de
sustitución o sin ellas yrevocarlos.------ k).- Nombrar y remover a los
Gerentes, Sugerentes, Apoderados, agentes yempleados de la sociedad
determinando sus atribuciones, condiciones de trabajo yrenumeraciones.------
l).- Celebrar contratos individuales y colectivos de trabajo e intervenir enla
formación de los Reglamentos Interiores de Trabajo.------m). Delegar sus
facultades en uno o varios consejeros en casos determina d o s , señalándose
sus atribuciones para que las ejerciten en los
términoscorrespondientes.-------n).- Convocar a Asambleas Generales Ordinarias
y Extraordinarias de Accionistas,ejecutar sus acuerdos, y en general llevar a
cabo los actos yo p e r a c i o n e s q u e f u e r e n necesarios o
convenientes para los fines de la sociedad,con excepción de los expresamente
reservados por la Ley o por estos Estatutos a laasamblea.------VIGESIMA
SEPTIMA.- Cuando la Asamblea elija Consejo regirán las estipulacionessiguientes:a).-
Los accionistas minotarios que representen veinticinco por ciento del capital
totalcomo mínimo, tendrán derecho a elegir uno de los Consejeros
Propietarios,este nombramiento únicamente podrá anularse o revocarse con los de
la mayoría. Esteporcentaje será del diez por ciento cuando las acciones de la
sociedad inscriban en laBolsa de Valores.b).- El Consejo se reunirá en sección
ordinaria por lo menosu n a v e z a l a ñ o y e n extraordinaria cuando lo
citen el Presidente, la mayoría delos Consejeros o el Comisario.c).- Integrarán
quórum para las reuniones la mayoría de los Consejeros.d).- Los acuerdos se
aprobarán por mayoría de votos y en caso de empate elPresidente tendrá voto de
calidad.e).- De cada sesión se levantará acta que firmarán los consejeros que
asistan.------VIGESIMA OCTAVA.- La administración directa de la sociedad podrá
estar a cargo degerentes quienes podrán ser o no accionistas.
------VIGESIMA NOVENA.- La asamblea General de Accionistas, elAdministrador o C
o n s e j o d e A d m i n i s t r a c i ó n , d e s i g n a r á n a l o s G e r
e n t e s ,s e ñ a l a r á n e l t i e m p o q u e d e b a n ejercer sus cargos
sus facultades y obligaciones.VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD-----TRIGESIMA.- La
vigilancia de la Sociedad estará a cargo de uno o varios Comisarios,quienes
podrán ser o no accionistas serán elegidos por la Asamblea General de
Accionistaspor mayoría de votos y ésta podrá designar los suplentes y
desempeñarán sus cargos portiempo indefinido hasta que tomen posesión quienes
lo sustituyan.-----TRIGESIMA SEGUNDA.- Los Ejercicios sociales se inician el
primero deenero y t e r m i n a n e l t r e i n t a y u n o d e d i c i e m b r
e d e c a d a a ñ o , e x c e p t oe l p r i m e r e j e r c i c i o q u e s e
iniciará con las actividades de la sociedad yterminará el treinta y uno de
diciembre del siguiente.-----TRIGESIMA TERCERA.- Dentro de los cuatro meses
siguientes a la clausuradel ejercicio social, el Administrador o el Consejo de
Administración, formarán balancecon los documentos justificativos lo pasarán al
Comisario para que emita dictamen en diezdías.-----TRIGESIMA CUARTA.-
Practicado balance, se convocará AsambleaG e n e r a l d e Accionistas y el
balance junto con los documentos y el informe a que serefiere elartículoc i e n
t o s e t e n t a y d o s d e l a L e y G e n e r a l d e S o c i e d a d e s M
e rc a n t i l e s , q u e d a r a n e n l a administración o en la Secretaría
a disposición de losaccionistas, por lo menos quince días antes de que se reúna
la Asamblea.------TRIGESIMA QUINTA.- Las utilidades se distribuirán:-------a).-
Se apartará el cinco por ciento para formar o reconstruir el fondo de reserva
quealcanzará la quinta parte del capital Social.-------b).- El remanente se
distribuirá entre las acciones por partes iguales.------TRIGESIMA SEXTA.-
Cuando haya pérdida serán soportadas por lasreservas y agotadas éstas por
acciones por partes iguales hasta su valor nominal.6------TRIGESIMA SEPTIMA.- Los fundadores no se reservan participación
adicional a lasutilidades.
DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN-----TRIGESIMA OCTAVA.- La sociedad se disolverá en los casos
previstos por elartículo doscientos veintinueve de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.-----TRIGESIMA NOVENA.- La Asamblea que acuerde la disolución
nombrará uno o másliquidadores, fijará sus emolumentos facultades, obligaciones
y el plazo de liquidación.
-----CUADRAGESIMA.- La liquidación se sujetará a las bases consignadas por el
artículodoscientos cuarenta y dos de la Ley General de Sociedades
Mercantiles.CLAUSULAS TRANSITORIAS----PRIMERA.- Los otorgantes hacen constar:
a).- Que los accionistas suscriben íntegramente el capital socia l m í n i m o
f i j o e n l a proporción siguiente:ACCIONISTAS ACCIONES VALOR Andrea
Rodriguez Barrios 25%, Allison Berenice Velazquez Olarte 25% Alix Naomy Cacerez
Matus 25% De la Cruz Hernandez Montserrat 25% B).- Los accionistas pagan el
Capital Social en efectivo Moneda Nacional, y los depositanen la caja de la
Sociedad; y en consecuencia, EL ADMINISTRADOR UNICO, lesotorga
recibo.-----SEGUNDA.Los otorgantes constituidos en Asamblea General de
Accionistas,acuerdan:a).- Administrará la Sociedad: UN ADMINISTRADOR UNICO.B).-
Eligen ADMINISTRADOR UNICO, a la senorita De la Cruz Hernandez Montserrat C).-
Eligen COMISARIO a la senorita Andrea Rodriguez Barrios. Los accionistas acuerdan otorgar PODER GENERAL PARA P L E I T O S
Y COBRANZAS a la senorita Alix Naomy Cacerez Matus D).- Hacen constar que los
funcionarios electos aceptan sus cargos, yp r o t e s t a n s u f i e l
desempeño. GENERALES----- Los comerciantes declaran ser: Mexicanos por
nacimiento.----- La senorita Montserrat de la Cruz Hernandez, es originario de
Puebla, Pue, donde nació el día 30 de Julio de 1996 (estado civil) Soltera
..................................., ocupación Estudiante, domicilio, Av 12 sur
#11527-13 Fracc. Bosques de los Heroes; Andrea Rodríguez
Barrios, es originaria de Puebla, Pue donde nació el día 9 de Julio de 1996,
(estado civil) casada, ocupación estudiante, domicilio, Calle mexcaltitlán 117B
UH El pilar, Alix Naomy Cácerez Matus, es originario de Tapachula, Chiapas
donde nació el día 21 de Marzo de 1996, (estado civil) Soltera, Ocupación
Estudiante, domicilio, Blvd Valsequillo 1617 Colonia Universidad. .CERTIFICACIONESYO,
EL NOTARIO, CERTIFICO:------
I.- Que los
comparecientes me exhiben el permiso que la Secretaría deRelaciones Exteriores
el día...................................... para la Constitución deesta sociedad, al
cualcorrespondió el número....... y folio............... . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . y expediente
..................................., el queagrego al apéndice de esta escritura
con la letra “A “, y anexaré el testimonio que expida.7------ II.- Que lo relacionado e inserto
concuerda fielmente con sus originales que tengo ala vista.------ III.- Respecto a los comparecientes:
a).- Que los conozco y a mi juicio tienen capacidad legal.b).- Que les hice
conocer el contenido del Artículo dos mil quinientoscincuenta ycuatrod e l C ó
d i g o C i v i l d e l D i s t r i t o F e d e r a l , y s u s c o r r e l a t
i v o s en l a s d e m á s e n t i d a d e s Federativas., que dice:----- “En
todos los poderes generales para PLEITOS y COBRANZAS, bastará quese diga que se
otorga con todas las facultades generales y las especiales que
requierancláusula especial conforme a la Ley, para que se entiendan conferidos
sin limitaciónalguna.------ En los poderes generales, para ACTOS DE DOMINIO,
bastará ques e d a n e s e carácter para que el apoderado tenga todas las
facultades de dueño, tantoen el relativo a los bienes como hacer toda clase de
gestiones a fin de defenderlos.------- Cuando se quisieren limitar en los tres
casos antes mencionados, las facultades delos apoderados, se consignarán las
limitaciones a los poderes serán especial.------- Los notarios insertarán este
Artículo en los testimonios de los poderes queotorguen”.c).- que les advirtió que
de acuerdo con el Artículo VEINTISIETE del Código Fiscal de laFederación, en el
plazo de treinta días a partir de su firma, deben inscribir esta sociedaden el
Registro Federal del Contribuyente y justificarlo así al suscrito Notario de
otra formase hará la denuncia a que se refiere dicho precepto.y d).- Que les
leí en voz alta esta escritura, explique su valor y consecuenciaslegales, y
habiendo manifestado su conformidad la firman el día .....................y
acto continuo la AUTORIZO DEFINITIVAMENTE, en ....................
(Ciudad)FIRMAS ---------------------- RUBRICAS ------------------- SELLOS
AUTORIZADO------------------ (INCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
Y DELCOMERCIO)
TRÁMITES NECESARIOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA
Trámites
para la Constitución de una Empresa
Los
trámites a realizar para constituir y establecer una empresa, conforme a las
disposiciones legales vigentes en México son muy variados; sin embargo, con el
fin de presentar el caso más ilustrativo de los trámites y procedimientos que
son requeridos por los esquemas regulatorios actuales, se parte del caso
particular de una persona moral, el cual resulta un modelo adecuado para
cualquier tipo de operación.
De
cualquier forma, se revisan los procedimientos específicos de cada sector en
materia ecológica, sanitaria y jurídica, según sea el caso.
¿Qué
trámites deben realizarse?
1. Solicitud ante la Secretaría de Relaciones
Exteriores (SRE).
Como
primer paso en la constitución de una empresa, deberá presentarse ante la SRE
una solicitud de permiso de constitución de sociedad, proponiendo cinco
posibles nombres en orden de preferencia para su aprobación.
Esta
solicitud de permiso de constitución, deberá presentarse en original y dos
copias, con firma original en las tres copias.
Este
formato se consigue en la Delegación Federal de la SRE. En su defecto un
escrito libre que contenga: el órgano a quien se dirige el trámite, el lugar y
fecha de emisión del escrito correspondiente, nombre de quien realiza el
trámite, domicilio para oír y recibir notificaciones, nombre de la persona o
personas autorizadas para recibir notificaciones, tres opciones de denominación
solicitada, especificar el régimen jurídico solicitado y firma autógrafa del
solicitante.
Costo:
$5653
Tiempo de
trámite: El mismo día si la solicitud se presenta antes de las 11:00 A.M.
2. Protocolización del Acta Constitutiva ante
Notario o Corredor Público
Las
Sociedades Mercantiles tienen como fundamento legal un contrato de sociedad, en
el cual los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos y/o esfuerzos
para la realización de un objetivo común.
3. Inscripción ante el Servicio de
Administración Tributaria (SAT)
Una vez
que se ha protocolizado el Acta Constitutiva, se tiene que dar de alta la nueva
sociedad mercantil, inscribiéndola en el Registro Federal de Contribuyentes del
SAT.
4. Aviso Notarial a la Secretaría de
Relaciones Exteriores
Este
trámite lo realiza el Notario o Corredor Público y consiste en notificar a la
SRE que ya ha sido utilizado el permiso antes tramitado. Para realizar este
trámite deberá presentarse:
1. Tres
copias y original del formato SA-5 firmado por el notario, y
2. Tres
copias del permiso.
Costo:
$210 (Institución Bancaria)
$120
(Derecho Municipal)
Tiempo de
trámite: Un día hábil
5. Presentación ante el Registro Público de
la Propiedad y del Comercio.
Después
de realizar los trámites anteriores, el Corredor o Notario realiza lo ante el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Una vez registrada la sociedad
mercantil, se entrega una copia original a cada uno de los accionistas.
6. Solicitud de Uso de Suelo y Edificación
ante el Municipio
Cuando se
pretende establecer una empresa en un inmueble, debe acudirse a la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) del municipio correspondiente, de
acuerdo a la ubicación geográfica de la empresa, para obtener el permiso de Uso
de Suelo, Uso de la Edificación y de Construcción (los tres se conocen
generalmente como permiso de Uso de Suelo).
El primer
paso para obtener este permiso, es acudir al módulo de atención de la SEDUE del
municipio correspondiente, para verificar si de acuerdo con el Plan de
Desarrollo Urbano, es factible comenzar el trámite. Para completar dicho
trámite hay que presentar la siguiente documentación:
1.
Solicitud, firmada por el Propietario, y/o Poseedor, y/o Apoderado y
Responsable
del Proyecto (para Licencia de Edificación), Responsable de Obra (para Licencia
de Construcción). 8 copias.
2. Plano
para Visto Bueno, 2 copias (formato Oficial).
3. Avalúo
Catastral, Original y copia
4. Recibo
de pago del Impuesto Predial al corriente, 2 copias.
5.
Escrituras notariadas y con sello del registro Público de la Propiedad, 2
copias.
6.
Licencia de Uso de Suelo y/o Edificación u otro antecedente, 1 copia.
7.
Identificación del Propietario y/o Poseedor, 2 copias (credencial de elector
por ambos lados).
8. Copia
de Cédula Profesional del Responsable de la Obra.
9. Pago
de derechos correspondientes.
Costo:
Ver siguiente cuadro
Tiempo de
trámite: De uno a tres meses
Cobro por
inicio de trámite para Licencias de Uso de Suelo y/o Uso de
Edificación
Hasta 100
m2 6 cuotas $240.60
Mayor de
100 m2 y hasta 250 m2 12 cuotas $481.20
Mayor de
250 m2 y hasta 500 m2 18 cuotas $721.80
Mayor de
500 m2 y hasta 1000 m2 24 cuotas $962.40
Mayor de
1000 m2 30 cuotas $1203.00
7. Inscripción ante el Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los
Trabajadores (INFONAVIT)
Este
trámite consta de dos etapas, ya que el empresario debe registrarse como patrón
y además inscribir a los trabajadores.
Durante
la primera etapa, el empresario tiene que registrar su alta a través del
formato “Aviso de inscripción de Patrón”, dentro de los cinco días hábiles
siguientes al inicio de operaciones o de una relación laboral; además debe
presentar para completar el trámite.
8. Trámites ante la Secretaría de Salud (SS)
Cuando se
va a establecer una empresa, la Secretaría de Salud considera tres esquemas de
responsabilidad hacia dicha Secretaría:
• La
licencia sanitaria para las empresas de mayor riesgo,
• El
aviso de funcionamiento para las empresas de menor riesgo, y
• La
liberación total de los giros que no constituyen riesgo para la salud.
Para
realizar cualquiera de los trámites anteriores ante la Secretaría de Salud,
existen diversos formularios para los distintos giros comerciales. En el
presente texto se incluyen los dos más usuales:
• El
relacionado con giros de alimentos, bebidas o artículos de belleza y limpieza.
• El
formulario relativo a otras actividades industriales que solo requieren el
“Aviso de
Funcionamiento”
Los
requisitos que la SS solicita dependen del giro en el que se desarrolle la
empresa. Para el formulario incluido en este capítulo se deberá presentar:
1. Forma
oficial de la Secretaría de Salud;
2. Copia
del acta constitutiva;
3. Copia
del acta ante el SAT
4. Copia
de identificación oficial con fotografía del representante legal, y
5. En
caso de que una persona distinta al apoderado legal realice el trámite, se debe
presentar además una carta poder simple, junto con una copia de identificación
legal de la persona que realiza el trámite.
Costo: Gratuito
Tiempo de
trámite: Depende del sector
9. Inscripción de la Comisión Mixta de
Seguridad e Higiene ante la Secretaría del Trabajo.
Este
trámite se deriva de la obligación que tiene el empresario en su papel de
patrón, de crear una comisión, cuyo objetivo sea investigar las causas de los
accidentes y enfermedades dentro de la empresa, proponer medidas para
prevenirlos y vigilar que se cumplan estas normas.
Para
constituir la Comisión, el patrón debe realizar una sesión con los miembros que
haya seleccionado para la Comisión, y con la representación del Sindicato, si
lo hubiera. En dicha sesión se levantará el acta de integración correspondiente
que debe contener los siguientes datos:
1. Datos
generales de la empresa;
2.
Registro Federal de Contribuyentes;
3.
Registro patronal ante el IMSS;
4.
Domicilio, teléfono, fax, correo electrónico;
5. Rama o
actividad económica;
6. Fecha
de inicio de actividades;
7. Número
de trabajadores de la empresa;
8. Nombre
de los integrantes de la Comisión: Coordinador, Secretario,
Vocales;
9. Número
y datos de los centros de trabajo en los que rige la Comisión;
10. Fecha
de integración;
11.
Nombre y firma del representante del patrón, y
12.
Nombre y firma del representante de los trabajadores.
El acta
deberá ser exhibida cuando la autoridad laboral lo requiera.
Costo:
Gratuito
Tiempo de
trámite: Inmediato
10. Inscripción de la Comisión Mixta de Capacitación y
Adiestramiento ante la Secretaría
La
Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento es el grupo de trabajo
responsable de vigilar la instrumentación, la operación del sistema y de los
procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el
adiestramiento de los trabajadores, sugerir medidas tendientes a
perfeccionarlos, conforme a las necesidades de los trabajadores y de la propia
empresa.
Para
constituir la Comisión, obligatoria para cada empresa, hay que elaborar un Acta
Constitutiva, donde se especifiquen las bases generales de su funcionamiento y
llenar el Formato “DC-1”.
Estos dos
documentos no requieren presentarse ante la autoridad, puesto que la Comisión
es de registro interno; sin embargo, la Secretaría de Trabajo puede solicitar
en cualquier momento la presentación del Acta Constitutiva, la forma DC-1 y los
informes de las actividades realizadas en los últimos 12 meses.
Costo:
Gratuito
Tiempo de
trámite: Inmediato
11. Trámites ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
No todas
las empresas necesitan realizar algún trámite ante esta Secretaría, ya que
depende de las materias primas que utilicen, los desechos que su proceso
productivo genere o algunas otras circunstancias especiales.
Para
saber con exactitud si el giro de la empresa que se pretende instalar, necesita
algún permiso o certificación ante esta Secretaría, se tiene que hacer un
escrito dirigido al Delegado Estatal de la SAGARPA, en el cual se explique el
proceso productivo, los materiales y sustancias que intervienen en él, los
desechos que generará el mismo proceso y cualquier información importante, para
determinar los trámites necesarios, a fin de evitar procedimientos posteriores
con esta autoridad.
Trámites Adicionales
1. Registro de Inversión Extranjera (SE)
Este
trámite deberá realizarse por aquellas empresas mexicanas en cuyo capital
social participe inversión extranjera, o bien por las empresas controladas por
extranjeros.
2. Registro en el Sistema de Información
Empresarial Mexicano (SIEM)
Este
trámite se realiza ante la Cámara Empresarial correspondiente y su proceso de
inscripción al SIEM.
viernes, 26 de junio de 2015
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